¿Cómo dar de alta a tu primer empleado en el IMSS?
Dar de alta a un empleado en el IMSS significa registrarte como patrón, inscribir al trabajador con su salario real y empezar a pagar las cuotas de seguridad social. Se hace en el portal del IMSS y es obligatorio desde el primer día de la relación laboral.
Lo esencial
- Primero te registras como patrón; después inscribes al trabajador, desde el primer día de labores.
- El costo real de contratar es el sueldo MÁS las cuotas patronales y las prestaciones de ley: presupuéstalo completo.
- El salario que declaras debe ser el real: declarar menos te expone a diferencias, multas y deja al trabajador desprotegido.
- Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional son obligaciones de ley, no bonos opcionales.
Contratar formal cuesta más de lo que dice el sueldo, y saberlo antes evita el error clásico: ofrecer un salario que no puedes sostener. Aquí va el trámite completo y, sobre todo, el costo real para que lo metas en tus números.
Calcula si tu negocio aguanta una nóminaPaso a paso
Haz primero el cálculo del costo real
Antes del trámite, saca el número. A un sueldo bruto tienes que sumarle las cuotas patronales de seguridad social, la aportación de vivienda, el aguinaldo proporcional, las vacaciones con su prima y, según tu estado, el impuesto sobre nómina. La regla práctica para presupuestar es que el costo total ronda entre 1.25 y 1.4 veces el sueldo bruto; el porcentaje exacto depende del salario y de tu prima de riesgo.
Regístrate como patrón ante el IMSS
Necesitas tu RFC, tu e.firma, el domicilio del centro de trabajo y la clasificación de tu actividad, que determina tu prima de riesgo de trabajo. El registro se hace en el portal del IMSS o en la subdelegación que te corresponde, y de ahí sale tu Registro Patronal.
Reúne los datos del trabajador
CURP, RFC, número de seguridad social (si no tiene, se tramita), identificación oficial, comprobante de domicilio y sus datos de beneficiarios. Si nunca ha cotizado, se le asigna el NSS como parte del proceso.
Da el alta con el salario real
Presenta el aviso de alta en el sistema del IMSS registrando el salario diario integrado, que incluye el sueldo más las prestaciones que le correspondan. El alta debe hacerse desde el inicio de la relación laboral, no después del periodo de prueba.
Firma el contrato por escrito
El contrato individual de trabajo protege a las dos partes: define puesto, horario, salario, lugar y tipo de contrato. Sin contrato escrito, en un conflicto laboral la carga de la prueba suele recaer en el patrón. Consíguete un formato revisado por un abogado laboral.
Programa el pago de cuotas
Las cuotas obrero-patronales se pagan mensualmente y las de vivienda y retiro de forma bimestral, con fechas límite. Agéndalas como un gasto fijo más. El pago tardío genera actualizaciones y recargos.
Lleva el control desde el primer día
Guarda contrato, recibos de nómina timbrados, control de asistencia y comprobantes de pago de cuotas. Ese expediente es lo que te respalda si algún día hay una revisión o una demanda laboral.
Lo que de verdad cuesta contratar
El error que quiebra changarros es prometer un sueldo mirando solo el sueldo. Si acuerdas $9,000 mensuales con tu primer ayudante, no vas a gastar $9,000: vas a gastar entre $11,000 y $12,600 aproximadamente, una vez sumadas las cuotas y el provisionamiento de prestaciones.
- Cuotas patronales de seguridad social: un porcentaje sobre el salario, variable según el nivel salarial.
- Aportación patronal de vivienda: un porcentaje adicional sobre el salario base.
- Aguinaldo: mínimo quince días de salario al año, que conviene provisionar mes a mes.
- Vacaciones y prima vacacional: días pagados según antigüedad, más la prima que marca la ley.
- Impuesto sobre nómina: estatal, con tasa distinta en cada entidad.
La forma sana de manejarlo es provisionar: aparta cada mes la doceava parte del aguinaldo y de las vacaciones en una cuenta separada. Diciembre deja de ser un susto y se vuelve un pago que ya estaba guardado.
Por qué no conviene declarar menos salario
Es una práctica común y una mala idea. Registrar a un trabajador con salario mínimo cuando le pagas el doble te ahorra cuotas hoy y te expone a tres cosas: diferencias y multas si hay una revisión, un trabajador con menor pensión y menor crédito de vivienda, y una posición muy débil si algún día hay una demanda laboral, porque el salario real se puede acreditar de muchas maneras.
Si el costo formal no te da, la conversación honesta es sobre el sueldo o sobre la jornada, no sobre subregistrar. Un negocio que solo es viable incumpliendo obligaciones laborales tiene un problema de modelo, no de trámites.
¿Empleado, honorarios o por comisión?
Muchos negocios chicos intentan evitar el alta contratando "por honorarios" o "por comisión". Ojo: lo que define una relación laboral no es cómo se llama el pago, sino cómo es la relación en los hechos. Si hay subordinación —tú fijas horario, das instrucciones, el trabajo se hace en tu local con tus herramientas— es relación laboral aunque el recibo diga otra cosa.
La figura de honorarios aplica de verdad cuando contratas a alguien independiente para un trabajo concreto, con sus propios medios y sin subordinación: un contador externo, un diseñador, un técnico que viene a reparar. Si tienes dudas sobre cómo clasificar una relación, consúltalo con un abogado laboral antes de contratar: reclasificar después sale mucho más caro.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo debo dar de alta a un trabajador?
Desde el inicio de la relación laboral. No existe un periodo de gracia para el alta: si la persona empieza a trabajar, corresponde inscribirla. Consulta el detalle en el portal del IMSS.
¿Cuánto me cuesta además del sueldo?
Para presupuestar, calcula entre 1.25 y 1.4 veces el sueldo bruto sumando cuotas patronales, vivienda y el provisionamiento de aguinaldo y vacaciones. Los porcentajes exactos dependen del salario y de tu prima de riesgo: verifícalos en el IMSS.
¿Puedo contratar a alguien por honorarios para no dar de alta?
Solo si la relación de verdad es de servicios independientes, sin subordinación ni horario impuesto. Si hay subordinación, es relación laboral aunque se documente de otra forma, y reclasificarla después es costoso.
¿Necesito e.firma para registrarme como patrón?
Sí, los trámites patronales en línea del IMSS suelen requerir e.firma vigente. Si no la tienes, trámitala primero: es el requisito que más detiene el proceso.
¿Y si es un familiar el que me ayuda?
Si trabaja con subordinación y a cambio de un salario, aplica la misma obligación aunque sea familiar. Consulta tu caso concreto con un contador o abogado laboral.
Actualizado en agosto de 2026
Fuentes oficiales
Esta información es general y orientativa; no constituye asesoría fiscal ni contable. Las reglas, tasas y requisitos del SAT cambian con cada reforma: confirma los datos vigentes en el portal del SAT o con tu contador antes de tomar decisiones.
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